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Normativa PRL · CAE

Qué documentos te pide la CAE a una subcontrata (y por qué)

Cuando varias empresas coinciden en un mismo centro de trabajo —propiedad, contratista, subcontratistas, autónomos— la ley obliga a coordinarse para que el trabajo de unos no genere riesgos a los demás. Es la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE), que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 a través del Real Decreto 171/2004.

En la práctica, esa coordinación se materializa en documentación: antes de que una subcontrata acceda al centro, hay que acreditar que sus trabajadores y medios están en regla. Esto no es una novedad normativa —es el día a día de la CAE—, pero es la duda más frecuente de quien empieza. Vamos con los documentos habituales.

Los documentos que se suelen pedir

  • ITA (Informe de Trabajadores en Alta) — documento emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que relaciona, en una fecha determinada, los trabajadores adscritos a un Código de Cuenta de Cotización de la empresa.
  • TC1 / TC2 — justifican que los trabajadores están dados de alta y al corriente de cotización en la Seguridad Social.
  • Seguro de Responsabilidad Civil (RC) — póliza vigente que cubra los daños que la empresa pueda causar durante los trabajos.
  • Evaluación de riesgos y planificación preventiva — de la actividad concreta que va a desarrollar la subcontrata.
  • Formación en PRL — acreditación de que cada trabajador ha recibido la formación de su puesto (y, en construcción, la TPC, Tarjeta Profesional de la Construcción).
  • Reconocimiento médico / aptitud — vigilancia de la salud que confirme que el trabajador es apto para el puesto.

La lista exacta depende del sector, del centro y de la propiedad, pero la lógica es siempre la misma: demostrar, antes de empezar, que se puede trabajar con seguridad.

Quién aporta qué

  • La propiedad o empresa principal define qué exige y vigila que se cumpla.
  • Cada contratista y subcontratista aporta su documentación y la de sus trabajadores y máquinas.
  • Los trabajadores autónomos que concurren también entran en la coordinación.

El objetivo del RD 171/2004 no es acumular papeles, sino que la información fluya entre todos los que comparten el centro: cada empresa debe conocer los riesgos que las demás aportan al lugar de trabajo.

El dolor real (y cómo se resuelve)

El problema clásico de la CAE no es tener los documentos, sino mantenerlos al día y controlados: caducidades de seguros, TC2 de cada mes, formaciones que vencen, una subcontrata que mete a un trabajador nuevo el lunes. Hacerlo por correo y carpetas no escala.

Aquí es donde un sistema CAE aporta: centralizar la documentación de cada empresa, recurso y trabajador, con su histórico y sus avisos de caducidad, y compartirla una sola vez con todos los clientes que la necesiten —el concepto esférico de Bia360—. La coordinación deja de ser una carrera contra el calendario.