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Normativa PRL · CAE

La Inspección de Trabajo pone el foco en la CAE: qué comprueba y cómo prepararte

Este año no es un año cualquiera para la prevención: el Gobierno ha declarado 2026 Año de la Seguridad y Salud en el Trabajo, coincidiendo con el 30º aniversario de la Ley 31/1995. Y la Inspección de Trabajo llega a la cita con un plan estratégico recién estrenado (2025-2027) que refuerza la plantilla de inspectores y pone la lupa, entre otras cosas, sobre las contratas y subcontratas. Si tu empresa coordina CAE —o trabaja en centros de otros—, es un buen momento para repasar cómo lo tienes todo.

Por qué ahora

Dos piezas coinciden en el tiempo:

  • El Plan Estratégico de la ITSS 2025-2027, aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE, anuncia que se intensificarán las actuaciones para vigilar el cumplimiento del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores en contratas y subcontratas —incluida la exigencia de responsabilidades cuando tras la apariencia de contrata hay una cesión ilegal de trabajadores—, y refuerza la vigilancia y la asistencia técnica en materia preventiva a las pymes.
  • La declaración de 2026 como Año de la Seguridad y Salud en el Trabajo convierte la reducción de la siniestralidad en prioridad política, con campañas específicas durante todo el año.

Traducción práctica: más inspectores, más actuaciones y más atención a los centros donde concurren varias empresas — que es exactamente el terreno de la CAE.

Qué comprueba un inspector en materia de CAE

Las obligaciones están en el artículo 24 de la Ley 31/1995, desarrollado por el RD 171/2004. Cuando la Inspección visita un centro con varias empresas concurriendo, lo habitual es que pida acreditar:

  • Intercambio de información de riesgos: que cada empresa informó a las demás de los riesgos de su actividad, y que el empresario titular del centro trasladó los riesgos propios del centro y sus medidas de emergencia.
  • Medios de coordinación reales: reuniones, instrucciones, presencia de recursos preventivos o la figura del coordinador — y quién es la persona designada. No basta con decir que existen: hay que poder demostrarlos.
  • Documentación de las empresas concurrentes: evaluación de riesgos y planificación preventiva de la actividad contratada, y la formación e información de los trabajadores que entran al centro.
  • El deber de vigilancia del empresario principal: si contratas actividad de tu propia actividad, debes exigir por escrito a contratistas y subcontratistas que acrediten su cumplimiento — y poder enseñar ese rastro documental.

Un matiz que conviene interiorizar: tener una plataforma documental al día es necesario, pero no suficiente. La coordinación que exige la norma es la real —quién habla con quién, qué instrucciones se dan, cómo se vigila— y eso también se comprueba sobre el terreno.

Qué te juegas

La LISOS tipifica como infracción grave no adoptar los medios de coordinación necesarios cuando concurren varias empresas en un centro (art. 12.13), y la eleva a muy grave cuando se trata de actividades reglamentariamente consideradas peligrosas o con riesgos especiales (art. 13.8). Desde la actualización de cuantías de 2021, las graves llegan hasta 49.180 € y las muy graves hasta 983.736 €. A eso se suma la posible responsabilidad solidaria del empresario principal por los incumplimientos de sus contratas durante la vigencia del contrato.

Cómo llegar preparado

  • Mapea la concurrencia: qué empresas y autónomos entran en tus centros (o en cuáles entras tú), y quién es titular, principal y concurrente en cada caso — de eso dependen las obligaciones.
  • Documenta el flujo, no solo el archivo: además de los documentos al día (ITA, seguro de RC, evaluación de riesgos, formación…), guarda evidencia de los medios de coordinación: convocatorias, actas, instrucciones entregadas.
  • Formaliza el deber de vigilancia: la exigencia de acreditación a contratas y subcontratas, por escrito y con acuse.
  • Revisa las caducidades: un documento vencido el día de la visita es el hallazgo más fácil para un inspector.

El ángulo Bia360

La parte documental de todo lo anterior —quién ha entregado qué, qué está caducado, qué se exigió por escrito y cuándo— es justo lo que un sistema de CAE bien montado resuelve sin hojas de cálculo. Y con el concepto esférico de Bia360, cada subcontrata sube su documentación una vez y la comparte con todos sus clientes: menos fricción para ellas, y para ti un rastro de cumplimiento ordenado el día que llame la Inspección. La coordinación sobre el terreno sigue siendo tuya — pero llegas a ella con los papeles en orden.